Micelio
Auto24 de febrero de 2022

A- de 2022

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Harold Eduardo Sua Montaña

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad En Proceso De Constitucionalidad
  • Rechazar por improcedente
  • Requisitos formales y materiales
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad del proceso que culminó con la Sentencia C-337/21.

El peticionario señaló que el expediente carecía de decisión sobre la manifestación de impedimento de la Magistrada Cristina Pardo Schlesinger, por lo que se configuraría la causal de nulidad prevista en el artículo 133 del Código General del Proceso.

Además solicitó información sobre la norma reglamentaria aplicada para proferir la decisión durante una sesión distinta a la establecida con miras a ese propósito.

Luego de no advertir la existencia de irregularidad procesal alguna, y mucho menos, una de tal entidad y magnitud que pudiere dar lugar a la nulidad del proceso, máxime, cuando no se trata de la nulidad de los procesos luego de proferidas las sentencias de constitucionalidad, lo cual exige de una muy rigurosa carga argumentativa, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR la nulidad pretendida, por resultar manifiestamente improcedente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (23 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedente, la solicitud de nulidad presentada por el ciudadano Harold Eduardo Sua Montaña, en contra del proceso que culminó con la Sentencia C-337 de 2021.
  2. Segundo. Contra la presente decisión no procede recurso alguno.
  3. Notifíquese y cúmplase.
  4. CRISTINA PARDO SCHLESINGER
  5. Presidenta
  6. Con impedimento-
  7. DIANA FAJARDO RIVERA
  8. Magistrada
  9. JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
  10. Magistrado
  11. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  12. Magistrado
  13. ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
  14. Magistrado
  15. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
  16. Magistrada
  17. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  18. Magistrada
  19. JOSÉ FERNANDO REYES CUARTAS
  20. Magistrado
  21. ALBERTO ROJAS RÍOS
  22. Magistrado
  23. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.